La reforma constitucional al artículo 19 propone incluir el delito de terrorismo, ello, con el objeto de establecer que “a cualquier nacional o extranjero involucrado en la fabricación, distribución, enajenación, traslado o internación al territorio nacional de manera ilícita de armas, y a cualquier extranjero que realice actividades al margen de la ley vinculadas con los párrafos segundo y tercero del artículo 40 de esta Constitución, se le impondrá la pena más severa posible, así como la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa”.
El documento subraya que los tiempos que corren están caracterizados por el signo de la complejidad, lo que hace necesario enaltecer, ratificar y fortalecer nuestros principios históricos, los cuales constituyen un poderoso capital existencial y político y una inagotable fuente de reserva estratégica para enfrentar los desafíos del presente.
Además, se recibió y publicó en la Gaceta Parlamentaria, la iniciativa con proyecto de decreto que expide las leyes generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, y que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
Este paquete de reformas, entre otros puntos, mandata la extinción del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), así como de los organismos garantes en las entidades federativas, para que la tutela del derecho de acceso a la información y la política de transparencia se trasladen a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
El documento refiere que el objetivo es fortalecer el uso óptimo de recursos públicos, al simplificar la estructura gubernamental, con lo que se asegurará que las atribuciones que tenía conferidas el INAI se ejerzan bajo esquemas más funcionales, eficaces y de acuerdo con los principios de racionalidad y austeridad republicana.
Lo anterior, señala, sin que con ello disminuya la garantía de los derechos de acceso a la información y protección de los datos personales, ya que ambos derechos humanos reconocidos por la Carta Fundamental son inherentes a la persona y el Estado tiene la obligación de garantizar su ejercicio. (Boletín Senado)








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